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El TC aprueba la expropiación de viviendas desocupadas en Navarra que no cumplan con la normativa foral

El Constitucional resolvió el pasado 22 de febrero el recurso de inconstitucionalidad nº 6036-2013 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra diversos artículos de la Ley Foral 24/2013 de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda en Navarra, que introducía modificaciones a la anterior Ley Foral 10/2010 del derecho a la vivienda.

La sentencia, que ha sido unánime por parte de todos los magistrados del pleno, retira la suspensión provisional de efectos establecida desde noviembre de 2013 y estima, de forma parcial el recurso ,declarando nulos dos apartados de la disposición adicional décima de la Ley Foral 10/2010 añadidos por la LF 24/2013.

La parte declarada inconstitucional ,reconocía como causa suficiente para la expropiación del uso de la vivienda por un período máximo de cinco años el hecho que de en ésta hubieren sido desahuciadas por bancos o entidades similares, personas en situación de emergencia social. Dicha cuestión ha sido declarada nula por incidir en competencias del Estado sobre las que ya se había regulado mediante la Ley 1/2013 de 14 de mayo.

En el proceso se ha tratado por el Abogado del Estado, el Asesor Jurídico-Letrado de la Comunidad Foral de Navarra y la Letrada del Parlamento de la Comunidad sobre la constitucionalidad o no de la Ley Foral que establece mecanismos para la detección y clasificación de viviendas como deshabitadas con el fin de corregir esta situación, sancionar o incluso expropiar en última instancia las mismas siempre que sean propiedad de personas jurídicas, se encuentren en tal situación por un período superior a dos años y se hayan desatendido las indicaciones que se hayan realizado para corregir dicha condición.

Esta Ley viene motivada para evitar la utilización de las viviendas por parte de entidades financieras, filiales inmobiliarias u otro tipo de personas jurídicas como bienes de inversión, situación que provoca la desocupación de viviendas lo que, dada la coyuntura económica actual, desvirtúa la función social de la vivienda, principio rector de la política social y económica, recogido en la Constitución Española.

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